Verifactu: todo lo que deben saber empresas y autónomos
La Agencia Tributaria ha puesto en marcha Verifactu, el nuevo sistema que obligará a empresas y autónomos a utilizar programas de facturación certificados que garanticen la trazabilidad, integridad y seguridad de los datos.
El objetivo es evitar manipulaciones, reforzar la seguridad jurídica y facilitar el cumplimiento tributario en materia de facturación. Aunque el cambio puede generar dudas, con una buena planificación la transición es sencilla y no afecta a la operativa diaria del negocio.
Para ayudar a comprender qué implica esta obligación, hemos preparado una checklist práctica y resumida con los requisitos clave del software, las obligaciones al emitir facturas, las fechas de entrada en vigor y los riesgos de no adaptarse a tiempo.
1. Requisitos que debe cumplir el software de facturación
- Usar un software de facturación adaptado/homologado a Verifactu.
- Confirmar que el software genera identificador único (UUID) en cada factura.
- Confirmar que incluye código QR en las facturas.
- Asegurarse de que el sistema bloquea cambios en facturas ya emitidas.
- Verificar que genera registro de eventos (creación, modificación, anulación...).
- Confirmar que puede enviar datos a AEAT automáticamente si activas modo Verifactu.
2. Requisitos al emitir facturas
- Todas las facturas deben incluir fecha, hora, NIF, conceptos, importe e impuestos.
- La numeración debe ser correlativa y sin saltos.
- Cada factura debe incorporar su QR y su sello de seguridad.
- Las facturas no se pueden modificar. En caso de error, debe emitirse una rectificativa.
- El cliente debe recibir una factura verificable según la normativa Verifactu.
3. Obligaciones de almacenamiento y seguridad
- Conservar facturas y registros durante al menos 4 años.
- Garantizar que los datos se conservan íntegros y accesibles en caso de auditoría.
- Garantizar que el sistema mantiene una trazabilidad completa.
4. Fechas clave de obligación
- Empresas (sociedades): obligatorio desde el 1 de enero de 2026.
- Autónomos y otros contribuyentes: obligatorio desde el 1 de julio de 2026.
- Confirmar si estás exento (solo si NO usas software de facturación).
5. Acciones previas recomendadas
- Consultar con el proveedor del software si ya está adaptado o cuándo lo estará.
- Formar al equipo para utilizar correctamente el nuevo sistema.
- Realizar pruebas de emisión de facturas en modo Verifactu.
6. Riesgos de no adaptarse a tiempo
- Sanciones económicas por utilizar software no homologado.
- Rechazo de facturas por parte de clientes que requieran Verifactu.
- Problemas en una inspección si no existe trazabilidad completa.
Deben tener presente que la gestión y comprobación del software del que disponen para su facturación es obligación suya, teniendo que contactar con su suministrador de software para ello. Por otro lado, le dejamos enlaces de ayuda publicados en la web de la Agencia Tributaria donde podrán consultar dudas de forma más concreta.
Enlaces oficiales de ayuda de la Agencia Tributaria
- Informador Verifactu: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/AVAC-CALC/InformadorVerifactu
- Preguntas frecuentes de Verifactu: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes.html